¿Quienes son sus beneficiarios y en que consisten las pensiones no contributivas?

A diferencia de las contributivas, que se dan según las cotizaciones de los destinatarios, las no contributivas se regulan según la falta de rentas.

El próximo mes de febrero los pensionistas verán incrementada su pensión en un 0,9% después de que el primer Consejo de Ministros del Gobierno de coalición aprobase la subida y la pensión media del sistema superara la cota record de los 1.000 euros (1.004,72).. La medida, pese a que entra en vigor en la nómina de febrero, también incluye los retrasos del mes de enero. Además, se caracteriza porque por primera vez en dos años, las pensiones mínimas y no contributivas aumentan lo mismo que el resto, ya que hasta ahora se habían incrementado por encima de la revalorización general. ¿Cuál es la diferencia entre las pensiones contributivas y no contributivas y quiénes son sus beneficiarios?

La diferencia entre ambas principalmente radica en que se haya cotizado, o no, a la Seguridad Social mientras se haya trabajado. Las pensiones contributivas se dirigen a aquellas personas que dejan de trabajar, bien por jubilación, por incapacidad permanente o por fallecimiento, en cuyo caso la pensión se destina a la pareja, hijos o familiares. En especial se caracterizan porque se dirigen a personas que acreditan un período mínimo de cotización y, de hecho, la cuantía entregada varía en función de los años cotizados.

Sin embargo, la Seguridad Social también reconoce prestaciones económicas a aquellas personas que, aún no habiendo cotizado nunca o el período mínimo, se encuentra en situación de especial vulnerabilidad y carencia de recursos suficientes para subsistir. Es el caso de las pensiones no contributivas.

Dado que se dirigen a personas sin recursos, las pensiones no contributivas se recibirán en caso de no contar con unos ingresos mínimos de 5.488,00 euros al año. No obstante, esa cifra se considera cuando el solicitante vive solo.

Si se convive con otros familiares se tendrá en cuenta los ingresos anuales de la unidad económica de convivencia. Existirá unidad económica de convivencia siempre que el beneficiario viva con otras personas unidas a él por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

De esta manera al existir unidad económica de convivencia, los ingresos máximos que se exigen varían según el número de personas y del grado de parentesco. Si el solicitante de la pensión no contributiva vive con su cónyuge y/o parientes, los ingresos máximos anuales ascienden a 9.329,60, 13.171,20 o 17.012,80, en función de si son 2,3 o 4 y más las personas que conviven. Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos, los ingresos anuales deberán ser inferiores a 23.324,00, 32.928,00 o 42.532,00 euros según se la unidad se compone de 2, 3 o 4 personas.

Pensiones de invalidez o jubilación

Dentro de las pensiones no contributivas existen dos tipos: de invalidez o de jubilación. Además de los ingresos anuales, para recibir una u otra pensión hay que cumplir unos requisitos específicos. La primera de ellas se dirige a las personas que tienen entre 18 y 65 años y cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Además, se exige residir en el territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos deberán haber sido consecutivos y e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Las pensiones no contributivas de jubilación, por su parte, se destinan a los mayores de 65 años que residan en territorio español y deberán haberlo hecho, en este caso, durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Tras la subida del 0,9%, las pensiones no contributivas se sitúan en 395,6 euros al mes. Según datos del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), en total 451.146 personas se benefician de estas pensiones, en su mayoría mujeres que representan el 65% del total, frente al 35% que son hombres. La diferencia de género se incrementa en el caso de las pensiones no contributivas por jubilación, ya que las mujeres representan el 75%, mientras que en el caso de invalidez el reparto es más paritario: 51% mujeres y 49% hombres.

Incompatibilidades

El derecho a pensión no contributiva de invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo. Igualmente, se pueden compaginar durante cuatro años con un trabajo si al año, la suma de la cuantía anual de la pensión que tuviera reconocida el pensionista y de los ingresos anuales que perciba o prevea vaya a percibir de la actividad laboral no superan 11.942,03 euros. Si se ingresase una cantidad superior, el importe de la pensión descendería en la cuantía necesaria para no sobrepasarlo.

Ambas pensiones no contributivas, tanto de la de invalidez como la de vejez son incompatibles entre sí, además de con las pensiones asistenciales (PAS) y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona.

 

Fuente; lainformacion.com

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