Qué se puede hacer y qué no en la nueva fase del estado de alarma

Los servicios no esenciales que pararon con el decreto de hibernación pueden volver al trabajo, pero se mantiene el confinamiento para el resto de la población

¿Quién vuelve al trabajo?

Los empleados que no puedan teletrabajar de empresas o fábricas de sectores no esenciales. Se trata, principalmente, del sector industrial, oficinas como los bufetes de abogados y la construcción. En este último sector, no obstante, el Gobierno prohíbe las obras en edificios donde haya personas ajenas a la obra (excepto averías y urgencias) que puedan interferir en el trabajo de los obreros o compartir zonas comunes durante la ejecución de su trabajo.

Todos estos servicios no esenciales se unen a los puestos considerados esenciales y que nunca pararon, es decir, aquellos que abastecen o prestan servicios de carácter sanitario, alimentario u otros considerados de primera necesidad, como prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, comercio por Internet y telecomunicaciones, entre otros.

¿Qué actividades laborales permanecen paradas?

El cese de la actividad laboral continua sobre todos aquellos empleos de servicios cara al publico o no esenciales. Esto es, bares y restaurantes (excepto comida a domicilio), hoteles, establecimientos de ocio, equipamientos culturales o centros deportivos. Los comercios, a excepción de aquellos de alimentación o productos de primera necesidad, también continuarán con la persiana bajada. Las aulas seguirán vacías en los centros educativos de todos los niveles. Los empleados domésticos tampoco pueden trabajar, a no ser que tengan que cuidar de ancianos, menores o personas con discapacidad.

¿Quién no puede salir de casa?

El confinamiento domiciliario y las limitaciones de desplazamiento del primer decreto de estado de alarma se mantienen. Los ciudadanos solo pueden salir para adquirir alimentos y productos sanitarios, ir a trabajar, acudir al banco, atender a ancianos, niños o personas dependientes y otros desplazamientos por causas de fuerza mayor. También se puede pasear al perro por las proximidades del domicilio. Los menores de edad no pueden salir a pasear o al parque.

¿Qué medidas de protección hay que tomar en la calle?

El Gobierno recomienda el uso de mascarillas cuando no se puedan respetar las distancias de seguridad de uno o dos metros entre personas, por ejemplo, en el transporte público. También se recomienda lavarse frecuentemente las manos y desinfectar los objetos que se hayan usado fuera de casa, como pueden ser las gafas o el móvil.

¿Qué medidas de protección se recomiendan para aquellos que sí trabajen?

En el caso de que se haya estado en ambientes cerrados y en contacto con otras personas, Sanidad recomienda al llegar a casa separar la ropa y lavarla con agua cliente (a 60 o 90 grados). Si el trabajador tiene síntomas o ha tenido contacto estrecho con un positivo, se recomienda no acudir al trabajo. Los empleados que estén a menos de dos metros de otras personas han de llevar mascarilla. Las empresas deben facilitar las entradas y salidas escalonadas para evitar aglomeraciones. Se recomienda también priorizar el transporte individual.

¿Qué no se puede hacer?

Está prohibido salir a correr o pasear, subir a las azoteas, sacar a los niños sin un motivo justificado, viajar a la segunda residencia o a cualquier otro destino, así como las reuniones en la calle. Los cines, teatros o bares y restaurantes, así como las tiendas de productos no esenciales, no pueden reabrir. Las verbenas y fiestas populares también están suspendidas. El acceso a lugares de culto se permite si se respetan las distancias de seguridad, pero los velatorios y cultos o ceremonias fúnebres están prohibidas (y solo puede haber tres personas en la comitiva de enterramiento o cremación). Las visitas a residencias de ancianos o a pacientes ingresados en hospitales también siguen prohibidas.

Fuente; elpais.com

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