¡Ojo a los cobros indebidos por el ERTE! El SEPE podría aplicar una sanción con un recargo del 20 por ciento

Los ERTE siguen dando mucho de lo que hablar. A día de hoy, todavía no se han tramitado todas las solicitudes que tienen derecho a prestación y parece que incluso ha habido algunas prestaciones que se han concedido de manera incorrecta a los trabajadores a lo largo de los últimos meses de pandemia.

En este contexto, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ha emitido una nota aclaratoria en su página web donde insta a los beneficiarios de esta percepción la necesidad de devolver los cobros indebidos si no se quieren exponer a una sanción que podría llevar aparejado el 20 por ciento de recargo.

En concreto, la nota dice lo siguiente:

Aquellas personas que hayan recibido cobros de forma indebida recibirán una notificación para proceder a la devolución de estos cobros. Una vez que se haya notificado este requerimiento, la persona interesada dispone de 30 días hábiles para realizar este trámite, sin recargos ni intereses si se realiza en el plazo correspondiente.

 

El organismo está realizando las regulaciones pertinentes y, en caso de detectar un cobro indebido a través de un recibo, está procediendo a su eliminación. En caso de que una persona siga cobrando la prestación por ERTE, estos cobros indebidos que realizó el organismo público serán ajustados en las siguientes mensualidades de la prestación.

Sin embargo, en determinadas circunstancias, el SEPE está enviando notificaciones a las personas que lo hubiesen recibido de forma errónea, reclamándoles la cantidad errónea. En estos casos, el trabajador debe reclamar o pagar en el plazo requerido por la Administración la cantidad abonada incorrectamente para que no aumente más el dinero adeudado, incluso aunque lo hayan recibido por un error que no es atribuible al ciudadano.

Cómo se devuelve el dinero sin recargos

El SEPE dispone en su página web de un apartado llamado ” Cobros indebidos y reintegros” donde el trabajador puede realizar sus trámites, incluyendo la devolución del importe reclamado. Se puede acceder mediante DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN, al igual que a otros servicios públicos.

 

 

Fuente; pymesyautonomos.com

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