Lotería de Navidad: ¿hay alguna manera de cobrar el Gordo sin pagar IRPF?

El próximo 22 de diciembre la Lotería de Navidad repartirá hasta 2.380 millones de euros en premios, de los que Hacienda se llevará unos 13,6 millones, según los cálculos de Gestha. Sin embargo, no todos los agraciados pagarán impuestos. ¿Cómo lo harán?

Hay que recordar que los premios de loterías tributan en el IRPF desde 2013. Concretamente, a los premios que superan el mínimo exento (este año situado en 20.000 euros) se les aplica un 20% cuando el beneficiario es una persona física. Pero, ¿qué pasa si el agraciado es una persona jurídica?

Si, por ejemplo, el Gordo lo cobra una empresa debe declararse a través del Impuesto de Sociedades, pero si la compañía está en pérdidas no tributan por estos premios, ya que obtienen la devolución de la retención. Según los técnicos de Hacienda, estas circunstancias han hecho que desde 2017 se disparase el cobro de premios por las empresas y, por ello, piden “modificar la ley del Impuesto sobre Sociedades para que los premios de loterías que ganen las personas jurídicas al integrarlo en la base imponible tengan una tributación mínima, igual que los de los particulares (el 20% del exceso que supera el mínimo exento), para evitar que las empresas en pérdidas no tributen por estos premios y obtengan la devolución de la retención”.

Y es que, si continúa el ritmo seguido hasta octubre de este año, los técnicos calculan que se devengarán unos 22 millones por el gravamen de premios obtenidos por las empresas, superando fácilmente el 6% de los mayores premios de todos los sorteos del año. “Eso significará que las entidades jurídicas han ganado 127 millones en 2019 en unos 16.000 premios de Loterías de más de 20.000 euros cada uno, según estima Gestha, algo que no tiene justificación”, defienden los técnicos.

De hecho, los técnicos piden a la AEAT que abra un programa de investigación a las Fundaciones, Asociaciones y otras entidades sin fines de lucro que acumulan el 93,5% de los premios obtenidos por las personas jurídicas.

En este contexto, los técnicos reconocen que “el aumento del mínimo exento resta atractivo a las malas prácticas de quienes desvían el cobro de premios a sus empresas en pérdidas, pero insisten en que para acabar con el fraude no hay que aumentar las exenciones y bajar los impuestos, sino combatir la elusión mediante una mejor investigación”.

Fuente; expansion.com

 

 

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