Hacienda oculta en la ley antifraude una fuerte subida de impuestos en Sucesiones y Patrimonio

  • Formaliza las elevadas tasaciones autonómicas de los inmuebles
  • Rechaza el criterio del Supremo, que exige utilizar el valor real
  • El Catastro seguirá decidiendo a través de su ‘valor de referencia’

El proyecto de ley contra el fraude fiscal presentado ayer por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, esconde una fuerte subida de impuestos en Patrimonio y aquellas figuras relacionadas con la trasmisión de inmuebles. La normativa consolida las elevadas tasaciones que hacen las Haciendas autonómicas. El texto formaliza, en contra del criterio del Tribunal Supremo, que el Catastro establezca el valor de los inmuebles que sirve como base imponible a la hora calcular la liquidación de los impuestos.

El Gobierno descarga así la tasación en el llamado Valor de Referencia del Mercado (VRM), calculado por el Catastro a través de una serie de variables que permite a las Haciendas autonómicas superar el valor real de los inmuebles. En la mayoría de casos, el valor no se corresponde con el de la escritura y puede exceder el verdadero precio de mercado del inmueble, por lo que exigen más impuestos.

“Esas comprobaciones masivas, automáticas y fáciles, sin visita del perito, siempre me han parecido un fraude”, señala el fiscalista Alejandro del Campo

El Supremo, en una sentencia de 23 de mayo de 2018, rechazo que las Haciendas autonómicas puedan comprobar los valores de los inmuebles aplicando coeficientes sobre los valores catastrales y en otras sentencias viene a exigir que, para conocer el valor real de una vivienda, el perito se desplace al lugar. Sin embargo, el proyecto de ley presentado ayer apuntala, “en alas de la seguridad jurídica”, las tasaciones por parte de las Comunidades Autónomas a través del Catastro. El texto recoge que “el valor de referencia que establece el Catastro se convierte en la base imponible de los tributos patrimoniales, de forma objetiva”. Según Hacienda, la medida “cuenta con el apoyo de las Comunidades Autónomas de forma unánime”.

Alejandro del Campo coincide con el magistrado del Supremo Francisco José Navarro Sanchís. En su revolucionaria sentencia de 2018, que tumbó las comprobaciones masivas de las comunidades autónomas basadas en aplicar coeficientes sobre valores catastrales, subrayó que “el método de aplicar coeficientes sobre valores catastrales es legal pero no es idóneo para determinar el valor real de inmuebles”. El magistrado entiende que “tal método se debe acompañar de actividad comprobadora respecto del inmueble en cuestión”.

 

Sortear a la Justicia

Los tribunales tumban de forma sistemática las tasaciones de los inmuebles en compraventas, herencias o donaciones que efectúan las Haciendas autonómicas para recaudar más por los impuestos que tienen cedidos, como Trasmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados o Sucesiones y Donaciones. Ahora, el proyecto antifraude de Hacienda quiere sortear estos fracasos judiciales. El texto facilita a las comunidades autónomas que sigan en esta línea y que realicen las comprobaciones con base en el nuevo Valor de Referencia de Mercado (VRM), que Hacienda considera que es “transparente y justo”.

Fuentes de Hacienda sostienen que “ese valor de referencia de cada inmueble se basa en todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante fedatario“. Explican que “se calcula con unas reglas técnicas justas y transparentes y se fijará por Catastro mediante un garantista procedimiento administrativo para su general conocimiento”.

El polémico VRM se introdujo en la Ley de Presupuestos del Estado para 2018. Se modificó la Ley del Catastro Inmobiliario para que la descripción catastral de los inmuebles incluya, además del valor catastral, ese VRM que el Catastro estimará para cada inmueble, con base en precios comunicados por fedatarios contrastados con otras fuentes.  “Consciente el legislador de que el valor catastral tiene poca flexibilidad, de que es muy diferente del valor de mercado, se quiere fijar ese VRM para que esté disponible para las diferentes Administraciones Tributarias”, señala el fiscalista Alejandro del Campo. “En definitiva, se permitirá a las comunidades autónomas seguir ignorando sistemáticamente los valores de los inmuebles declarados en las escrituras, que podrán comprobarse con base en el VRM, de forma masiva, automática, fácil, sin visita de los peritos, para exigir más impuestos a todo el que compre o herede una vivienda, y no solo a los ricos”, añade.

 

Alzas en Patrimonio

La Ley reguladora del Impuesto sobre Patrimonio, que se ha prorrogado durante 2020, establece en el artículo 10.1 que los inmuebles se computarán “por el mayor valor de los tres siguientes: El valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición”. De esta forma, la Administración se garantiza que el inmueble será valorado a través del VRM si es el de más valor.

La situación afecta a muchos contribuyentes que actualmente no tributan por este impuesto porque tienen inmuebles adquiridos hace años con valores de adquisición reducidos, y con valores catastrales no muy elevados. Sin embargo, ahora tendrán que pagar al computar el VRM de sus inmuebles y los que ya tributaban pagarán mucho más.

Tal incremento de la tributación afectará especialmente en aquellas comunidades autónomas que tienen los tipos más altos, como es el caso de Baleares. La Administración balear ha establecido tipos de gravamen más elevados en el Impuesto sobre Patrimonio y que tienen un mercado inmobiliario pujante.

 

 

Fuente; eleconomista.es

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