Alicante, 31-10-2022.
La ley Crea y Crece permite constituir sociedades con un euro de capital
Hasta hace no mucho el empresario que quería montar un negocio debía poseer un capital considerable para poder hacerlo. Sin embargo, con la entrada en vigor de la ley Crea y Crece es posible montar una sociedad aportando como capital social un euro.
La normativa establece la posibilidad de constituir una sociedad de responsabilidad limitada con solo un euro de capital social. Hasta la entrada en vigor de la ley el capital mínimo para establecer este tipo de sociedades era de 3.000 euros, sin embargo, con la entrada de la normativa queda derogada esa medida.
Capital social
Aun así, la ley no se olvida de los 3.000 euros de capital social, ya que establece que en el caso de que el capital no alcance esa cifra se tendrá que destinar como mínimo el 20% del beneficio a reserva legal hasta que la cifra de dicha reserva sea de 3.000 euros. Igualmente se tendrá que establecer una responsabilidad personal y solidaria de los socios frente a las deudas sociales en la fase de liquidación voluntaria o forzosa de la sociedad, limitada a la diferencia entre el capital social desembolsado si el patrimonio de la sociedad fuese insuficiente para atender al pago de las obligaciones sociales.
El socio director de RZS Abogados, Javier Romero, señala que “de alguna forma parece que se induce a las sociedades de responsabilidad limitada constituidas con un capital inferior a los tres mil euros a ampliar dicho capital hasta alcanzar dicha suma. O lo que es lo mismo, sociedades de un euro sí, pero provisionalmente, con vocación de alcanzar la derogada cifra mínima de tres mil euros de capital social”.
Por otro lado, la ley incluye también medidas para agilizar la constitución de sociedades de responsabilidad limitada. Para hacerlo posible se basa en los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y del Centro de Información y Red de Creación de Empresas. Estos organismos no son nuevos, sino que ya figuraban en la ley de 2013. La novedad en este sentido llega con el hecho de que los intermediarios que participen en la creación de las sociedades deberán informar a los fundadores de las mismas sobre las ventajas de emplear estos instrumentos para facilitar la constitución de la empresa.
Fuente; cincodias.elpais.com