La de segunda oportunidad se pone seria de cara a 2024. Lo de saldar deudas será más complicado para algunos

Alicante, 22-12-2023.

En su momento os hablamos de la parte positiva del aumento del número de concurso de acreedores. El lado más negativo sería que afecta principalmente a autónomos y microempresas en la actualidad. La Ley de segunda oportunidad se pone seria de cara a 204 para unos pocos.

El motivo principal sería el abuso por parte de algunos beneficiarios que están dependiendo exclusivamente del crédito ya que en el caso de no poder hace frente al pago, podrían quedar exonerados de la deuda. Veamos qué cambios se están estudiando.

Pequeñas correcciones en la Ley de segunda oportunidad

Para 2024 se estudia cambiar la legislación actual para introducir pequeñas correcciones relacionadas con el endurecimiento de los requisitos dependiendo del tipo de crédito que tengan los deudores.

Es importante destacar que a nivel general la aparición de la segunda oportunidad ha sido más que positiva, por lo que estas modificaciones sólo afectarían a una minoría.

Esta herramienta nació para ser útil tanto a autónomos como negocios, sobre todo controlando el tipo de crédito o el número de préstamos que tenía abiertos el beneficiario.

Novedades para 2024 en la Ley Segunda Oportunidad

Desde Atalanta y Abogadas destacan que las novedades previstas para la Ley de Segunda Oportunidad en 2024 girarán en torno a la exoneración de deudas de derecho público y a las excepciones para acogerse a la exoneración, así como el requisito de buena fe.

  1. El listado de créditos exonerables

Presentada en octubre de 2022, ha puesto en tela de juicio si el listado de créditos exonerables de la Directiva Europea es exhaustivo o simplemente ejemplificativo. Esta resolución por parte del TJUE podría arrojar luz sobre la posibilidad de eximir créditos públicos en 2024, transformando así el régimen de exoneración establecido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo en el año 2019 donde sí permitía la exoneración de deudas de derecho público.

  1. Exclusión de los créditos públicos de la exoneración

Se centra en la exclusión de los créditos públicos de la exoneración y si esto compromete los objetivos de la Directiva Europea. Si el TJUE considera la normativa española contraria al derecho europeo en este aspecto, podría suponer un cambio significativo en el régimen de exoneración de deudas de derecho público.

  1. Exclusión de deudas por infracciones y derivación de responsabilidad

Se plantea sobre la exclusión de deudas por infracciones o acuerdos de derivación de responsabilidad, discutiendo el límite de la cantidad a exonerar en deudas de derecho público. Además, se cuestiona si el legislador puede imponer nuevos requisitos.

  1. Infracción fraudulenta o negligente

Surge relacionada con una nueva exigencia para obtener la segunda oportunidad, la cual implica no haber sido sancionado en los últimos diez años por infracciones muy graves en materia tributaria, de seguridad social o del orden social. Se cuestiona si esta normativa es adecuada cuando la infracción no se ha cometido de manera fraudulenta, sino negligente.

  1. Relevancia de la buena fe

Plantea la relevancia de la buena fe, excluyendo la exoneración en ciertos casos y cuestionando la justificación de las prohibiciones para acceder a esta. Se evalúa si las exclusiones de los créditos de las administraciones públicas están debidamente justificadas.

En resumen, las novedades previstas para la Ley de Segunda Oportunidad en 2024 girarán en torno a la exoneración de deudas de derecho público y a las excepciones para acogerse a la exoneración, así como el requisito de buena fe.

Estos cambios podrían alterar significativamente el acceso a la exoneración y el tratamiento de distintas deudas, dependiendo de las resoluciones del TJUE y su interpretación del derecho europeo en estos asuntos. Habrá que esperar, sin embargo, estos cambios no afectarán a todas las personas que se hayan acogido a la segunda oportunidad.

Fuente; eleconomista.es

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