Hacienda ha conseguido agilizar un proceso: expulsar a los autónomos que ganan demasiado del régimen de módulos. La Justicia confirma que ya no hace falta inspección de Trabajo previa

Alicante, 16-04-2024.

El Tribunal Supremo autoriza que Hacienda pueda sacar del régimen de módulos a un autónomo dentro de un procedimiento limitado, y sin necesidad de recurrir a Inspección de Trabajo, cuando el trabajador haya superado el umbral de ingresos permitidos.

El sistema de Estimación Objetiva o por Módulos es una de las fórmulas que existen para que el autónomo pueda tributar por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El fallo del Supremo dio la razón el pasado 5 de febrero a la Agencia Tributaria contra el contribuyente. El artículo 136 de la Ley General Tributaria (LGT) posibilita la comprobación siempre que no se compruebe la contabilidad mercantil, y esto último no se hizo.

El sistema de módulos es una rara avis

Llevamos años asistiendo a los intentos por acabar con el régimen de estimación objetiva, coloquialmente conocido como sistema de módulos. En 2024, los trabajadores por cuenta propia no pueden facturar más de 250.000 euros anuales si venden directamente a particulares. Y si facturan a empresas, no deben superar el umbral de 125.000 euros anuales.

Si estos umbrales son superados, el Supremo deja claro que los órganos de gestión, en este caso la Agencia Tributaria, poseen la capacidad para realizar una comprobación y regularizar así la situación del autónomo.

La salida del trabajador de este régimen de módulos implica la reclamación del dinero que debería haber pagado por el sistema de estimación directa durante todo el tiempo que estando en módulos superó el límite de ingresos.

Una liquidación basta para sacar del sistema de módulos a un autónomo

El Tribunal Supremo sentó jurisprudencia al establecer una nueva doctrina con la que los responsables del área de gestión de la Agencia Tributaria, tienen la capacidad de echar de módulos a todo aquel autónomo que esté tributando en este sistema y supere los 125.000 euros si factura a empresas.

Además, podrán liquidar los impuestos que falten por abonar durante el tiempo que debería haber abonado durante todo el tiempo que debería haber tributado en estimación directa.

Un dato a tener en cuenta es que el cruce de datos y las comprobaciones suelen hacerse durante el mes de abril, el momento en el que las declaraciones de IRPF tanto por estimación objetiva como directa se llevan a cabo y se sabe qué trabajadores por cuenta propia han optado por el sistema de módulos.

 

Fuente; pymesyautonomos.com

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