Hacienda exigirá a las firmas declarar el saldo en criptomonedas de sus clientes

Alicante, 24-03-2023.

  • La norma entrará en vigor en 2024 para responder sobre las operaciones de 2023

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ultima la nueva regulación en materia de criptomonedas, que verá la luz en las próximas semanas, y se enfocará en dos pilares: obligará a los contribuyentes a declarar las divisas digitales que tengan en el extranjero y exigirá a las compañías que dan servicio de custodia, inversión o intermediación a comunicar a la Agencia Tributaria los saldos y operaciones de sus clientes. Esta nueva regulación entrará en vigor en 2024 para responder sobre las operaciones realizadas durante el actual ejercicio 2023.

La última ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal aprobada en junio de 2021 ya recogía ambas obligaciones, aunque el retraso de la Administración para elaborar la regulación y los formularios ha dilatado su puesta en marcha.

Cabe destacar que desde 2021 los contribuyentes ya tienen la obligación de declarar en el IRPF (a través de la Renta) las ganancias obtenidas por sus inversiones en criptoactivos. Esta nueva normativa se enfocará en informar a la Administración sobre los saldos y operaciones para evitar delitos como el fraude fiscal o el blanqueo de capitales.

Datos a comunicar

Los contribuyentes tendrán que declarar a partir del próximo año y a través del modelo 721 “la información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición”, según recoge la ley.

Por su parte, las empresas que den servicios de cambio entre monedas virtuales y dinero de curso legal; de salvaguarda de claves criptográficas en nombre de terceros para almacenar, mantener o transferir monedas; o realicen ofertas de nuevas monedas virtuales deberán facilitar a la Administración datos relativos a las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia con monedas virtuales, así como de los cobros y pagos realizados con ellas. Esta declaración se hará a través del formulario 173 y junta a ella, tendrán que aportar también los datos que identifiquen a todos los sujetos que participan en las operaciones como el número de identificación fiscal, el domicilio, la cifra de monedas virtuales, el precio y fecha de la operación.

Por otro lado, y a través del modelo 172, las compañías que ofrecen servicios de salvaguarda de claves criptográficas para operar con divisas digitales también deberán comunicar a Hacienda la cantidad de monedas que tienen custodiadas.

España adelanta con esta regulación parte de las novedades que trae la modificación de la DAC 8 (la Directiva de Cooperación Administrativa, por sus siglas en inglés), que exigirá a las compañías que dan servicios de inversión en criptomonedas, sean o no de la Unión Europea, comunicar a las Haciendas de cada Estado la información sobre los contribuyentes con criptomonedas.

El objetivo de Bruselas es que la nueva norma eche a andar el 1 de enero de 2026. La Comisión Europea señala en el texto que ha sometido a consulta pública que calcula que en la actualidad los distintos países de la UE están dejando de ingresar en impuestos 2.400 millones de euros de los usuarios que tienen inversión en criptoactivos. Las compañías que no compartan los datos afrontarán multas de entre 20.000 euros y 500.000 euros.

 

Fuente; eleconomista.es

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