Estos son los riesgos que supone para los autónomos guardar dinero en efectivo

Alicante, 8-09-2021.

TANTO ECONÓMICO COMO FISCAL

Los expertos advierten a los autónomos que guardar efectivo tiene más riesgos económicos y fiscales que antes.

Los españoles continúan guardando parte de su dinero fuera del circuito financiero. Según los datos del Banco de España, 2019 marcó un récord en cuanto a la circulación de moneda física en nuestro país con más de 22 millones de billetes en curso. Y, a pesar de la pandemia que debería haber reducido el uso de dinero en metálico, incluso con las medidas recogidas en la nueva ley antifraude del Gobierno, lo cierto es que una parte importante del efectivo que hay en nuestro país sigue guardándose en casa.

Diferentes expertos económicos y fiscales consultados advirtieron que, si bien el viejo método de guardar el dinero debajo del colchón continúa siendo legal, y no existe ninguna norma que lo límite, no es una práctica recomendable ni exenta de riesgos. Más todavía para los autónomos, uno de los colectivos que más habituados a trabajar con efectivo, especialmente en sectores como el comercio o la hostelería.

Cabe recordar que, con la nueva ley antifraude aprobada en julio, tanto recibir como pagar en efectivo entre profesionales por valor superior a 1.000 euros acarrea importantes multas para el colectivo. Se trata de una infracción tipificada como ‘grave’, y cuya base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros y la multa a pagar será de un 25% de dicha base.

Pero más allá de las sanciones por operaciones en metálico, lo cierto es que el mero hecho de guardar efectivo fuera del banco también tiene otros riesgos tanto económicos como fiscales. De hecho, puede conllevar a medio plazo a una disminución del valor de ese dinero por culpa de la inflación que este año no ha dejado de subir. Así mismo, también existe peligro de robo o incendio en el domicilio. A esto hay que añadir el riesgo de que Hacienda haya perdido la pista a la procedencia de ese dinero en metálico y solicite acreditar su origen cuando se utilice o se vuelva a ingresar en el banco. Si no se puede justificar dicha procedencia, el Fisco podría incluir esa suma en la declaración de IRPF como incremento patrimonial -con su consecuente tributación- e imponer una sanción de hasta el 150% del valor de ese ingreso sin acreditar.

Riesgos fiscales para los autónomos de guardar el dinero en el domicilio

Los expertos advierten que si pasa un largo periodo de tiempo desde que se recibió el dinero en efectivo o se retiró del banco hasta que se vuelve a ingresar en la cuenta para hacer cualquier operación, podría haber problemas para acreditar el origen de estos fondos.

De hecho, “lo más normal es que cuando se ha estado guardando grandes sumas de dinero en efectivo durante años, resulte casi imposible localizar y documentar la procedencia de cada parte de esta suma. Y el problema es que, con un ingreso de más de 3.000 euros, el banco ya notificará automáticamente la operación a Hacienda, y ésta podría solicitar que se justifique el origen del dinero“, explicó Carlos Cruzado, presidente del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha).

En el caso de que no se pueda acreditar la procedencia mediante extractos de la cuenta, justificantes de los reintegros o facturas por las que se recibió este importe, “Hacienda podría entender fácilmente que el origen de este ingreso no está justificado, e introducirlo como Incremento de Patrimonio en la declaración de IRPF, con su consecuente tributación, además de imponer sanciones de hasta el 150% sobre esa cantidad”, añadió Cruzado.

También y en la misma línea, en varias consultas realizadas a la Dirección General de Tributos durante los últimos años, el organismo ha venido advirtiendo que, si bien la práctica de guardar dinero en casa, de por sí, no es ilegal, Hacienda no tiene por qué creer, si no está debidamente justificado, que el dinero que un cliente saca de su banco en un momento determinado es el mismo que se mete en la entidad después de un periodo de tiempo medio o largo. 

 Incremento patrimonial y sanciones de hasta el 150% 

El artículo 39 de la Ley Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF) establece que un incremento patrimonial no justificado son los bienes o derechos cuya tenencia, declaración o adquisición no se corresponda con la renta o patrimonio declarados por el contribuyente.

Por lo tanto, si el contribuyente no logra documentar la procedencia de ese dinero, “las ganancias patrimoniales no justificadas se integrarán en la base liquidable general del periodo impositivo respecto del que se descubran”, lo que conllevará a pagar más en RENTA o recibir menos dinero, si hubiera salido a devolver.

Pero, además de lo que el contribuyente tenga que tributar de más, esta ganancia patrimonial sin justificar “determina la comisión de una infracción tributaria muy grave, sancionable con multa pecuniaria proporcional del 150% de la cuota íntegra resultante en el IRPF correspondiente a dicha ganancia patrimonial”.

Riesgos económicos de guardar el dinero en casa 

Por otro lado, aquellos ahorradores -autónomos o no- que decidan guardar el dinero en su domicilio se enfrentan, a medio plazo, a una pérdida del valor de su dinero por la inflación. Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), el índice de precios al consumo (IPC) alcanzó en agosto el 3,3% de variación anual, su máximo desde 2012. Este comportamiento, producido en buena parte por “la subida de los precios de la electricidad” – según señala el INE-, genera también subidas en multitud de productos. 

Y más allá de los efectos macroeconómicos que pueda tener esta alza, lo cierto es que la subida de los precios ya se está notando a pie de calle. Si bien todo tipo de productos y servicios -mecánica, tecnología, alimentación y hasta salud- se han encarecido, en algunos casos más de un 5%, los ingresos de los españoles no han subido al mismo ritmo y la facturación de los autónomos tampoco. 

Esto significa que, cada año, los ahorradores que decidan guardar su dinero en casa -o en depósitos bancarios que no generen intereses- estarían perdiendo una parte importante de su dinero por la inflación, ya que, con la misma cantidad ahorrada, cada año podrán comprar menos, debido a las subidas de los precios.

Pérdidas anuales por las subidas de precios

De hecho, según Efama, la asociación europea de gestoras de fondos de inversión, de cada 10.000 euros que en 2010 se hubieran metido en depósitos bancarios sin intereses o se hubieran guardado en casa, los ahorradores sólo conservarían en 2020 9.037 euros, una vez descontadas las subidas de precios. Es decir, el IPC les habría ‘restado’ casi 100 euros anuales de ahorro.

Por ello, antes de guardar el dinero en casa, los expertos recomiendan buscar algún producto -de ahorro o inversión- que logre generar una rentabilidad, por lo menos, igual a la subida anual de los precios, ya que de lo contrario se estaría perdiendo dinero. Entre estos productos, los más comunes y con menos riesgo son las cuentas de ahorro o ahorro-inversión, en las que se entrega una cantidad determinada de dinero que se ‘rescata’ al cabo de un tiempo. De este modo, se recibe un interés que variará dependiendo de la entidad, del plazo establecido y de la cantidad depositada.

También existen seguros de ahorro, que son una alternativa también con poco riesgo.  Estos productos entregan el interés generado por los ahorros al vencimiento y además tienen algunas coberturas como en caso de fallecimiento. A cambio de recibir el interés al finalizar el plazo -si es antes, habría penalizaciones- la rentabilidad puede ser más alta que en los depósitos.

Por otro lado, también están los productos financieros de ahorro a largo plazo, como los fondos de pensiones, que, aunque tienen habitualmente buenas rentabilidades, presentan más trabas a la hora de rescatarlos en momentos de falta de liquidez. Por último, existen productos de inversión, más arriesgados que los anteriores -como en Renta fija, mercado de valores. – y cuya rentabilidad dependerá de la cantidad, y también del nivel de riesgo asumido.

 Otros riesgos de guardar el dinero en casa

Así mismo, desde la plataforma Help my cash recordaron que guardar el dinero en el domicilio no está tampoco exento de peligros. “Por muy convencidos que estemos de ahorrar el dinero en casa, no debemos ignorar los riesgos a los que nos exponemos si decidimos prescindir de los bancos. Uno de ellos son los incendios en nuestra vivienda o las inundaciones”.

También habría un riesgo incluso más habitual, que sería el de robo. De hecho, cada año hay 70.481 hurtos con fuerza en domicilios en España.

 

Fuente; autonomosyemprendedor.es

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