Esta es la pensión de jubilación que te queda si no has cotizado lo suficiente

Alicante, 2-05-2022.

  • En estas situaciones es posible cobrar una pensión no contributiva
  • Para percibirla también hay que cumplir con ciertas condiciones

El cobro de una pensión de jubilación contributiva no está exento del cumplimiento de una serie de condiciones y requisitos entre los que destaca, por encima de todos, el de la cotización previa: se necesitan un mínimo de 15 años cotizados para poder cobrar esta prestación que en la actualidad reciben más de 6,2 millones de personas en España.

Pero, ¿qué sucede con las personas que no han podido acreditar ese periodo mínimo de 15 años? Esto puede deberse a múltiples razones (amas de hogar, trabajadores que percibiesen el dinero en negro y sin cotizar, personas que simplemente no hayan alcanzado esas cotizaciones por no haber trabajado…) pero en todos los casos hace imposible que estas personas puedan cobrar una pensión contributiva de jubilación. Por eso, el sistema les proporciona otro recurso.

Se trata de las pensiones no contributivas no jubilación, aquellas que se conceden a las personas que no han cumplido con el requisito de cotización de las contributivas y que asegura “a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios”.

Estas personas serán consideradas, al igual que las que cobran la pensión contributiva, pensionistas a ojos de la Seguridad Social. Simplemente percibirán una cuantía menor, ya que su prestación aparece como una especie de cobertura económica básica ante su ausencia de cotizaciones.

Los requisitos de la pensión no contributiva de jubilación

Con todo, la ausencia de cotizaciones y el cumplimiento de los 65 años no son los únicos requisitos que debe cumplir el aspirante a una pensión no contributiva de jubilación. El IMSERSO los explica en su página web:

-Hay que acreditar la residencia en territorio español durante diez años transcurridos desde la fecha de cumplimiento de los 16 años hasta la edad de jubilación. Dos de esos diez años han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.

-Carecer de ingresos superiores a los 5.899,60 euros anuales. En el caso de que el solicitante conviva con más personas (hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad: cónyuge, hijos, padres, abuelos, nietos y hermanos) en su unidad de convivencia los límites de ingresos son diferentes: de 10.029,32 euros anuales para dos personas, de 14.159,04 euros anuales para tres personas y de 18.288,76 euros anuales para cuatro o más personas.

Si el pensionista convive con uno de sus hijos o de sus padres las cantidades límite se elevan: 25.073,30 euros anuales para dos personas, 35.397,60 euros anuales para tres personas y 45.721,90 euros anuales para cuatro o más personas en la unidad de convivencia.

La cuantía que cobras en la pensión no contributiva de jubilación

La cuantía de estas pensiones no contributivas está regulada y se actualiza cada año con la aprobación de los Presupuestos. En concreto, para 2022 se aprobó un aumento del 3% para estas prestaciones (junto a las pensiones mínimas y el Ingreso Mínimo Vital), una subida por encima de la subida de la inflación que ha dejado las cuantías de la siguiente forma:

-La cuantía de la pensión íntegra es de 421,40 euros al mes y 5.899,60 euros al año.

-La cuantía de la pensión del 25% es de 105,35 euros al mes y 1.474,90 euros al año.

-La cuantía de la pensión si coinciden dos beneficiarios de la misma pensión en una unidad familiar es de 358,19 euros al mes y 5.014,66 euros al año para cada uno de ellos.

-La cuantía de la pensión si coinciden tres o más beneficiarios de la misma pensión en una unidad familiar es de 337,12 euros al mes y 4.719,68 euros al año para cada uno de ellos.

Fuente; el economista.es

Compartir
Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.