El Banco de España endurece el control sobre las tarjetas ‘revolving’

Alicante, 7-01-2022.

  • Es la penúltima exigencia de transparencia a la que se ve sometida

El cerco sobre un uso inadecuado del crédito revolving que pueda exponer a un sobreendeudamiento excesivo al ciudadano se va estrechando. La banca tendrá que facilitar al cliente simulaciones sobre cuánto le cuesta realmente disponer de este tipo de crédito, a menudo embebido en las tarjetas bancarias y que genera intereses de dos dígitos, para evitarle sustos y problemas inasumibles de deuda.

Es la penúltima exigencia de transparencia a la que se ve sometida por aplicación de una circular del Banco de España donde pone letra pequeña al aumento de la información que le encomendó regular el Gobierno para un tipo de financiación que ha disparado las reclamaciones de los usuarios y acumula procesos judiciales en los tribunales desde hace años.

“La circular exige facilitar una serie de informaciones antes de que firme para que pueda hacerse una idea y comprender el producto que está contratando como los tipos que se van a aplicar, las modalidades de pago, las cuotas, etc.”, indican fuentes financieras, poniendo especial énfasis en la revolución que puede imprimir exponer ejemplos de deuda para concienciar al ciudadano sobre su mejor uso.

Para empezar la normativa exige explicar, “en lenguaje claro y sencillo”, las distintas modalidades de pago previstas en el contrato e incluir “expresamente” el término revolving, acuñado para los créditos con una duración indefinida o de tiempo tasado pero prorrogables de manera automática a medida que se repaga el importe.

El banco tendrá ahí que aclarar la modalidad de pago que tiene establecida por defecto si el contrato prevé la capitalización de cantidades vencidas, exigibles y no satisfechas y si puede la propia entidad o el cliente modificar unilateralmente la modalidad de pago y cómo.

Pero la circular va más allá e impone dos simulaciones, una precontractual donde el banco deberá entregar “un ejemplo representativo del crédito”, con información sobre el límite disponible, el importe adeudado y el interés aplicable, con su cuota a pagar, y realizar además los cálculos en función de las distintas posibilidades de repago (aplazado, fraccionado con cuotas fijas de capital e intereses o aplazado con cuotas flexibles).

Ejemplos de ahorro

Una vez que haya contratado el producto, el banco tendrá que facilitar otras simulaciones en la información periódica que remita al cliente con ejemplos de escenarios sobre el posible ahorro si aumenta su cuota de amortización. Para el ejercicio, el Banco de España impone, en la práctica, elaborar tres posibles escenarios de ahorro, “consistentes en aumentar la cuota de amortización en un 20%, un 50% y un 100%”.

Además, para dejar claro si conviene acelerar el abono de la deuda, la entidad tendrá que detallar cuándo tiempo tardará en devolver el crédito con su cuota y la cuantía total que le acabará costando, desglosada entre repago del principal y por la aplicación de intereses, así como el ahorro que obtendría en estos últimos si eleva la cuota.

Busca reconducir conductas arriesgadas y concienciar al ciudadano sobre los riesgos que asume con un mal uso poniendo cara al problema, según fuentes financieras. Pero en materia regulatoria viene a completar una reforma que arrancó hace un par de años. Fue en julio del 2020 cuando el Gobierno aprobó una orden ministerial que, entre otras cosas, obliga al banco a asegurarse de que el cliente puede asumir la deuda, considerando como tal que es capaz de repagar, al menos, el 25% del importe.

La banca informar de los créditos a partir de los 1.000 euros

Por esas fechas el propio Banco de España metió las revolving bajo el crédito a vigilar al exigir a la banca informar de los créditos a partir de los 1.000 euros, frente a los 9.000 euros previos. Ambos movimientos tuvieron lugar después de la avalancha de litigios judiciales por las revolving y que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminase pocos meses antes -en abril- que los tipos superiores al 20% son usurarios.

Su resolución provocó que la mayoría de entidades bajasen sus precios a ese umbral o por debajo frente al más del 25% que llegaban en algunos casos, pero aún hoy su tasa media se mantiene por encima del 17%.

La facilidad de uso ha llevado el producto más allá del escaparate bancario

En cuanto a su uso, la crisis ha traído cierto repliegue ya que el saldo vivo en financiación a través del revolving se situaba en los 10.017 millones de euros al cierre de noviembre pasado frente a los 13.700 millones preCovid. La cifra ha ido, sin embargo, recuperando actividad y supone casi el 50% de los 21.000 millones otorgados en lo que va de año en crédito al consumo.

La facilidad de uso -normalmente para pequeños importes que se van repagando en cómodas cuotas- ha llevado el producto más allá del escaparate bancario y también lo acuñan, entre otras, algunas de las grandes superficies o comercios.

Las quejas suben un 212% 

Las tarjetas se han convertido en foco de disputas entre clientes y bancos en los últimos años. En 2020, las reclamaciones cursadas por el Banco de España con origen en estos medios de pago supusieron un 26,4% del total, tras crecer un 114,7% en número. Se acerca al 26,9% que suponen las quejas en hipotecas y que fueron mayoritarias en ejercicios de alta conflictividad por las cláusulas suelo, el IRPH o los gastos de formalización. Dentro de las tarjetas cobran relieve las ‘revolving’, con un incremento del 212% en las reclamaciones, superior al 138,6% experimentado en disputas sobre tarjetas, pero por usos fraudulentos. El auge de las desavenencias en estos productos de pago ha llevado al Banco de España, de hecho, a contratar a Deloitte para que le ayude en la gestión de las reclamaciones sobre tarjetas. Tiene un tope legal para resolverlas y su número ha pasado desde las 14.638 quejas del 2019 a 21.320 en el 2020 y espera tramitar entre 36.000 y 42.000 anuales entre el 2021 y 2023.

 

 

Fuente; eleconomista.es

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