Diferencia entre comunicación previa de actividad y licencia de apertura

Alicante, 17-05-2023.

Si existe un trámite de apertura de un negocio con mala fama, ésta es la licencia del local, si bien, para un local pequeño, cuya actividad no genere molestias ni ruidos, es relativamente sencilla de conseguir.

Esto es así porque ya hace casi una década que se instauraron las comunicaciones previas de actividad para sustituir a las licencias de apertura en muchos de los supuestos de apertura al público de locales.

Trámite de apertura de un local

Para que puedas empezar un negocio, obligatoriamente, necesitas realizar el trámite de apertura con el departamento de urbanismo del municipio donde se encuentre físicamente el local.

Conseguir el permiso para abrir un negocio al público es sencillo, o no; “solo” tienes que conseguir que el local reúna todos los requisitos necesarios según las distintas normativas: de accesibilidad, de sanidad, arquitectónicas, etc. O el local los tiene, o tendrás que realizar una reforma.

Generalizando: “Licencia de apertura”

En general, cuando se habla de conseguir los permisos para abrir un local, se usa el término “licencia de apertura” como el documento que se necesita para empezar a ejercer la actividad.

Pero no es siempre así, ya que según los metros cuadrados que tenga el local o el tipo de actividad o el código IAE en el que te vayas a dar de alta, tendrás que solicitar una licencia de apertura o realizar una comunicación previa de apertura.

Posibilidad de comunicaciones previa de apertura

Hasta el 2012 todo funcionaba con licencias de apertura. Esto significaba que preparabas toda la documentación, la presentabas al Ayuntamiento y esperabas a que te concedieran una licencia para empezar el negocio, pudiendo estar meses esperando el permiso.

Esto cambió con la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, que siguiendo la línea marcada por Europa, simplificó algunos de los trámites vinculados con la creación de empresas.

En ella, empezó a fraguarse la posibilidad de abrir un local solo comunicándoselo a Urbanismo, si bien los Ayuntamientos tardaron un par de años en adaptar sus propias ordenanzas para poder hacerlo efectivamente y que esto tuviera efecto real en el emprendedor.

Diferencias entre Licencia de apertura y Comunicación previa de actividad

Actualmente, e intentando resumir, entre los trámites de apertura del local te puedes encontrar dos: la licencia de apertura y la comunicación previa de actividad

La licencia de apertura, como decíamos, es el permiso que debe darte el ayuntamiento para que puedas iniciar la actividad en un local. Prepararás el local y presentarás el proyecto técnico con el resto de documentación y tendrás que esperar a la autorización expresa para empezar a funcionar.

En cambio, la comunicación previa de inicio de actividad, consiste en que informes al ayuntamiento de que vas a abrir a través de una declaración responsable, donde se recoge que el local cumple, y donde vas a tener que entregar la documentación técnica firmada por un ingeniero o aparejador. Desde que la entregues podrás abrir.

Como verás, en el caso de las comunicaciones previas la responsabilidad de que todo esté bien recae en ti, ya que el ayuntamiento realizará una inspección a posteriori para comprobar que lo que has declarado cumple con toda la normativa, como no lo cumpla te arriesgas a que te lo cierren cuando dicha inspección se produzca.

Elección entre licencia de apertura y comunicación previa

Si bien, es un dato que te facilitará urbanismo, la elección entre solicitar una licencia de apertura o presentar una comunicación previa dependerá de la naturaleza y características de la actividad a desarrollar, veamos algunos elementos clave.

En cuanto al tipo de actividad, ya que normalmente se dividen en inocuas o clasificadas:

  • Las actividades clasificadas, son aquellas que pueden producir humos, ruidos o implican riesgos, esto, por ejemplo, pueden ser bares, restaurantes, talleres de coches o gasolineras.
  • Las actividades inocuas, es justamente lo contrario, las que por su naturaleza no generan ruidos o molestias, como puedas ser un pequeño comercio o una oficina de seguros.

Es habitual, que para las actividades las inocuas el trámite de apertura se haga mediante comunicación previa, y algunas clasificadas a través de la obtención de licencia de apertura.

En cuanto a los metros cuadrados, existe normativa que, si se trata de un local para un comercio con menos de 300 metros cuadrados, también se realice mediante declaración responsable.

Fuente; pymesyautonomos.com

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