De locos: quien aporte más de 166 euros al mes a una pensión privada deberá ser multado, según la ley

Tiro de gracia definitivo a las pensiones privadas. Las gestoras de los planes están llamando a muchos de sus clientes recomendándoles que reduzcan este año sus aportaciones y las canalicen hacia otros instrumentos, para evitar futuras “sanciones”

Sí, no han leído mal: la ley establece una multa para los españoles que aporten de su bolsillo más de 2.000 euros al año a su plan de pensiones privado (o lo que es lo mismo, 166,6 euros al mes), por lo que algunas gestoras ya han comenzado a llamar a sus clientes advirtiéndoles de que reduzcan su ahorro y no aporten más de esa cantidad, salvo que quieran atenerse a las consecuencias, que no son otras que “posibles multas”.

No se trata de la consabida desgravación fiscal diferida de la que ¿gozan? las pensiones privadas. Es una sanción en toda regla del 50% de todo lo que supere esos 2.000 euros. Es decir, si a partir de ahora un ciudadano aporta anualmente 3.000 euros a su plan personal en lugar de 2.000, estará expuesto a una multa de 500 euros. Y de ahí en adelante.

Cuesta creerlo, pero así es, de acuerdo a la última reforma incluida en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2021, de la que sólo se filtró inicialmente que las aportaciones máximas para desgravación bajaban desde los 8.000 a los 2.000 euros, algo que ya constituía un ajuste dramático:

(Con fecha 31/12/2020)

Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

Artículo 5. Principios básicos de los planes de pensiones. 

(…)

3: Las aportaciones anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la presente Ley se adecuarán a lo siguiente:

  1. El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la presente Ley no podrá exceder de 2.000 euros.

(…)

Artículo 36. Sanciones administrativas. 

(…)

  1. La inobservancia por el partícipe del límite de aportación previsto en el apartado 3 del artículo 5, salvo que el exceso de tal límite sea retirado antes del día 30 de junio del año siguiente,será sancionada con una multa equivalente al 50 por ciento de dicho exceso, sin perjuicio de la inmediata retirada del citado exceso del plan o planes de pensiones correspondientes. Dicha sanción será impuesta, en todo caso, a quien realice la aportación, sea o no partícipe, si bien el partícipe quedará exonerado cuando se hubiera realizado sin su conocimiento.

La ley recoge esa sanción, otra cosa es que no se esté aplicando. Pero si un día se hace, será perfectamente legal y nadie podrá protestar

El presidente de la asociación de gestoras de fondos de inversión y pensiones Inverco, Ángel Martínez-Aldama, indica que “la ley, efectivamente, recoge esa sanción: la norma existe”. Otra cosa es que “no consta que se hayan aplicado multas en el pasado por exceso de aportaciones, aunque si le llegaran a un ciudadano que aportara a partir de ahora más de 2.000 euros, no podría protestar y debería acatar la sanción”. Y añaden: “de hecho, nosotros hemos solicitado repetidamente que se elimine” (dicha sanción).

La figura de la multa en caso de superación del límite “existe desde 1987”, aclaran en Inverco, aunque si en el pasado no ha habido sanciones se debe, sobre todo, a que con los límites más altos a las aportaciones (10.000 y posteriormente 8.000 euros) apenas hubo casos sancionables. Muy poca gente aportaba más de 10.000 euros al año a su plan individual.

Sin embargo, conforme datos la Agencia Tributaria, la aportación media anual del sistema español está en el entorno de los 1.800 euros, por lo que parece evidente que habrá muchos miles de casos por encima de los 2.000 euros, es decir, zona de multa. Una multa al ahorro particular.

Así, las gestoras de planes de pensiones están llamando a sus clientes con aportaciones superiores para que las reduzcan hasta los límites de la ley, tal como confirman desde la propia Inverco. Si un ciudadano está satisfecho con su plan y quiere incrementar en él el dinero de su propio bolsillo, deberá atenerse a las consecuencias.

España sigue siendo un país sui generis en lo relativo a la inversión colectiva, no en vano es el único también en hacer obligatoria una cifra mínima de inversores tanto en fondos de inversión como en sociedades de inversión (Sicav) y también es el único mercado que obliga a publicar los nombres de los administradores de las Sicav, por lo que en casi todos los casos se conocen los nombres y apellidos de los inversores de estos vehículos. Y, a cambio, las Sicav sufren la falsa acusación de ser un vehículo de evasión fiscal: “sólo paga un impuesto de sociedades del 1%” dice el mito, ignorando que el inversor en ellas abona a Hacienda la retención por plusvalía en el momento del rescate, como ocurre en todo vehículo de inversión colectiva. Una falsa verdad imposible de revertir a estas alturas.

No sería la primera vez que un Gobierno “cambia de criterio” y comienza a aplicar sanciones que en el pasado no hacía. Inverco afirma que hay 7,6 millones de cuentas individuales en el sistema español, con un patrimonio que ronda los 80.000 millones. El 20% de la población española tiene pensiones privadas, calcula Inverco. 

Inverco afirma que hay 7,6 millones de cuentas individuales en el sistema español, con un patrimonio que ronda los 80.000 millones. El 20% de la población española tiene pensiones privadas, calcula Inverco.

En la institución señalan que hay muchos ahorradores que pueden tener cuentas en varios planes, hacer aportaciones distintas y ni siquiera ser conscientes de que superan los límites. Si un ahorrador colocara 1.500 euros en tres planes de pensiones de entidades distintas (cosa que puede ocurrir si por ejemplo, le exigen vinculaciones sus bancos), estaría superando el máximo, evitaría la deducción fiscal y quedaría sujeto a multa. Sin embargo, ninguna de las tres entidades gestoras le avisaría del riesgo, ya que no lo superaría en ninguna.

Hasta la fecha, pese a que la ley las establece, no se han aplicado sanciones, pero al ex ministro de Cultura Máxim Huerta podrían preguntarle por “cambios de criterio” de Hacienda. El anterior titular de Cultura se vio obligado a dimitir al conocerse la sanción del fisco a su sociedad instrumental, con la que se beneficio de unas deducciones fiscales que, de repente y sin más motivo, fueron objeto de investigación y sanción. No se había hecho antes… hasta que se hizo.

Con sanción o sin ella, el sistema privado de previsión individual está ya herido de muerte, algo del gusto de ciertas facciones de extrema izquierda del Gobierno, totalmente enemiga de ellos, así como de la sanidad o educación privadas. Por tanto, las gestoras que piden a sus clientes reducir su peso en pensiones, les están recomendando ir a otros productos de ahorro-inversión, alejados del ‘foco político’.

Conviene recordar que no sólo es el Gobierno de izquierdas quien ha puesto en jaque a los planes de pensiones privados. Otros Ejecutivos, como el PP en su día, redujeron también los tramos de aportaciones con derecho a desgravación o el mismísimo Luis de Guindos, un hombre formado en la industria de la inversión colectiva, le aplicó unas comisiones máximas a la industria, en un movimiento que indignó a sus antiguos compañeros de profesión.

Consultado ayer el Gobierno por LPO, en Hacienda remitieron a Economía y desde este último ministerio todavía no ha llegado contestación, de momento.

El año pasado se aportaron 4.228 millones brutos al sistema individual de pensiones, de acuerdo con las cifras de la asociación Inverco. Descontando las prestaciones, la cifra neta ronda los 1.400 millones. Pero este año, será imposible que la cifra vaya a más: el ciudadano que invierta más de 2.000 euros en ellos, será multado. Así lo dice la ley. Una situación ciertamente ridícula, que esboza un recorte de libertades cercano a lo enfermizo.

Fuente; lapoliticaonline.es

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