Marín Castán ha tenido contacto con un positivo y está en aislamiento
El pleno estaba previsto para el miércoles 30 de septiembre a las 10:30
El Tribunal Supremo ha suspendido el pleno de este miércoles en el que iba a retomar los recursos sobre las hipotecas referenciadas al IRPH meses después de que Europa las dejara en manos de los jueces españoles, al encontrarse en cuarentena el presidente de la sala de lo Civil.
Según han informado fuentes jurídicas, el alto tribunal, que ya ha emitido una providencia al respecto, ha acordado, por prudencia, dicha decisión después de que el magistrado Francisco Marín Castán comunicara haber tenido contacto con un positivo por coronavirus.
Estaba previsto que el pleno de la sala de lo Civil se reuniera a partir de las 10:30 horas del miércoles para la votación y fallo de cinco recursos admitidos a trámite, un encuentro que aguardaban con atención tanto los consumidores con IRPH como la gran banca, con una cartera de más de 16.000 millones en estas hipotecas.
El pasado marzo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acordó que fueran los tribunales nacionales los que decidieran acerca de la falta de transparencia de las hipotecas suscritas con IRPH o índice de referencia de préstamos hipotecarios, planteado como alternativa al euríbor.
Sin embargo, eludió declararlo nulo, en línea con lo establecido en noviembre de 2017 por el Supremo, que consideró que la mera referencia de una hipoteca a un índice oficial no implicaba falta de transparencia ni abuso alguno.
El IRPH es la segunda referencia más utilizada
Creado en 1994, el IRPH es un índice oficial que elabora mensualmente el Banco de España. Aunque desde 2002 las hipotecas a tipo variable se calculan con la referencia del euríbor a un año, el IRPH es la segunda referencia más utilizada.
Las reclamaciones por su uso como índice principal se desencadenan entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores próximos al 2 %, mientras que el euríbor empezó a aproximarse a cero, hasta entrar en terreno negativo.
Esto hizo que en el caso del IRPH, las cuotas hipotecarias se mantuvieran estables e incluso se elevaran, mientras que con el euríbor se fueron reduciendo de forma considerable.
Los consumidores sostienen que las entidades se cubrieron del posible abaratamiento de las hipotecas al fomentar el IRPH, como sugieren desde Adicae, e insisten en que la banca “ha actuado de manera engañosa al comercializar un producto de difícil entendimiento con el gancho de que era favorable”.
El sector, en cambio, argumenta que se trata de un índice fijado conforme a disposiciones legales que no había sido cuestionado hasta ahora, y rechazan compararlo con las cláusulas suelo al no formar parte de las condiciones contractuales.
Asufin cifra en 25.000 euros el perjuicio medio por pago de intereses a los clientes con IRPH.
Fuente; eleconomista.es