Alicante, 19 de Noviembre 2.018.
La derogación de la reforma laboral del anterior Gobierno era uno de los objetivos del Ejecutivo actual y aunque finalmente el Ministerio de Trabajo ha descartado dejar sin efecto jurídico la reforma sí pretende incluir medidas laborales para cambiar aspectos específicos de la misma. Son medidas que, a la espera aún de saber cómo y cuándo podrían materializarse, tienen como objetivo reducir la precariedad y variarán la gestión laboral de autónomos con trabajadores contratados y los derechos de estos últimos:
1. De cuatro a tres tipos de contratos de trabajo
Oficialmente el número actual de contratos laborales se agrupan en cuatro: contrato indefinido, contrato temporal, contrato para la formación y el aprendizaje y contrato en prácticas. Cada uno de ellos, a su vez, ofrece múltiples posibilidades por lo que, en la práctica, el número de contratos es notablemente superior a cuatro, cuatro veces diez sería una cifra más cercana a la realidad.
El planteamiento del Gobierno es simplificar las actuales opciones en tres tipos de contratos: indefinido, temporal y de formación o relevo; una simplificación de las opciones de contratación que ya figuraba entre las intenciones del Gobierno anterior, aunque suponemos, ya que finalmente no vio la luz, que entendida de distinta forma.
2. Adiós a las actuales bonificaciones a la contratación
En la actualidad el empresario o profesional autónomo tiene la posibilidad, a través de las bonificaciones a la contratación, de reducir sustancialmente el coste de las cuotas empresarial por incluir en la plantilla a un trabajador; una opción sujeta al cumplimiento de una serie de requisitos que tienen que ver con aspectos como el sexo del empleado, el número de trabajadores de la empresa o el tipo de contrato pero también con otro factor determinante que no esta ligado a la naturaleza de la empresa o del trabajador contratado, esto es, la cifra de desempleo.
Estas bonificaciones a la contratación estarán vigentes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15% y el pasado verano, por vez primera, la cifra descendió. Ahora el actual Gobierno anuncia la eliminación de dichas bonificaciones y la supervivencia únicamente de aquellas dirigidas a los colectivos más necesitados. ¿Cómo se concretará este criterio?
3. Vuelta al registro obligatorio de horas
La Inspección de Trabajo no obliga al empresario al registro de la jornada a tiempo completo desde mayo de 2017 y tras una sentencia del Tribunal Supremo que lo eximía de ello. Poco más de un año después Sánchez anuncia una posible vuelta al criterio anterior con el objetivo de, según sus propias palabras, “evitar abusos y facilitar la resolución de discrepancias”.
4. Recuperación de la jubilación forzosa
Otras de las medidas en el horizonte de la reforma laboral pretenderían instaurar nuevamente la jubilación forzosa por edad en los convenios colectivos, lo que afectaría al personal contratado por empresas.
Como decíamos al inicio de estas líneas, cada una de estas medidas son futuribles. Sabemos que están en la agenda del cambio del Gobierno pero no hay más avances al margen de su anuncio.
Fuente; infoautonomos.eleconomista.es